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viernes, marzo 21, 2008 

Amigos pero no tanto

El pasado 1 de septiembre de 2007, entró en vigor la nueva ley 15/2007 de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, que establece una reforma sustancial de sobre el sistema español de Defensa de la Competencia, y establece la creación de un ente único, la Comisión Nacional de la Competencia, que viene a reemplazar a los ya antiguos Servicio de la Competencia y Tribunal de Defensa de la Competencia.
Más allá de la sustantiva reforma que representa la citada norma, uno de los aspectos más comentados y el objeto de este artículo es que la misma introduce un procedimiento de “clemencia”, al igual que como ocurre en la mayoría de los países de Europa, para las empresas que participan en un cártel, entendido como tal a todo acuerdo secreto entre dos o mas competidores cuyo objeto sea la fijación de precios, de cuotas, de producción o de venta, el reparto de mercados, incluidas las pujas fraudulentas, o la restricción de importaciones y exportaciones, y que denuncien a los demás miembros de cártel.

Este procedimiento de clemencia, no solamente requiere que la empresa perteneciente al cártel, para eximirse, denuncie a sus demás compañeros de “fechorías” sino que además aporte pruebas sustantivas para la investigación y que naturalmente cesen en su conducta y siempre y cuando no hayan sido los instigadores del acuerdo. Algo así como: “- Han sido ellos los que empezaron!”.
Esto para la exención total de sanción, pero aún siendo el instigador del acuerdo se puede obtener una exención parcial de la sanción que correspondería.

Desde la fecha de entrada en vigor de la Ley, muchas empresas han estado recopilando información y tomando decisiones sobre este asunto hasta la entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la citada Ley, a través del
Real Decreto 261/2008 de 22 de febrero y que de acuerdo a los estipulado por la ley, supuso la entrada en vigor del mencionado procedimiento de clemencia.

Entonces se ha producido lo surrealista. El 28 de febrero de 2008 supuso el
primer día de vigencia del procedimiento de clemencia y por tanto el primer día para denunciar a “ex-amigos”. Resulta evidente que optar por no denunciar, es al mismo tiempo correr el riesgo que alguno de nuestros “compañeros de cártel” (y no artístico precisamente) nos denuncien, y aún decidiendo denunciar, es preciso hacerlo antes que el otro porque de nada sirve denunciar si hemos sido denunciados antes.

Decía que se ha producido algo surrealista y es que muchas de las empresas con intenciones de denunciar, han apostado a sus abogados a las puertas de la Comisión Nacional de la Competencia, con 1 o 2 días de antelación, con el objeto de hacer cola y ser los primeros en denunciar y así evitar ser denunciados antes. Ni falta hace decir que los pobres letrados (y después dicen que somos mala gente) se han tenido que pasar la noche durmiendo en el coche en pleno invierno.

Me imagino la situación de haber pasado 24 horas haciendo cola y durmiendo en el coche para estar tercero en la fila y que al acercarse a la ventanilla, descubrir que el que está delante nuestro es apoderado de una de las empresas que íbamos a denunciar y que nos denuncia primero. No sería extraño pensar que se hayan utilizado toda clase de artilugios para intentar descular a quiénes iban a denunciar los de delante, y hasta recurrir a trucos sucios como soldarle las puertas a los vehículos de noche para obstaculizar la salida o poner laxantes en el café de los otros en algún descuido.

Todo esto nos sirve para ampliar si se quiere la ficción jurídica de la personalidad empresarial que cada vez se parece más a la personalidad humana. La máxima de que las empresas no pueden cometer delitos tiene cada vez más matices y ahora descubrimos que la amistad y la traición, dos típicas representaciones de la personalidad humana, también pueden ser aplicables a las empresas. Hasta podríamos establecer un paralelismo entre las empresas y aquello que se dice de los ingleses “Las empresas, como los ingleses, no tienen amigos, solo intereses”.

Por ello, si usted es un empresario que participa en un acuerdo de precios con otras empresas de su sector cuídese, que, aprovechando que estamos en Semana Santa, el beso que puedan darle estos días, bien puede ser el beso de Judas empresarial.

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